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Diego Sinhue alquila lujosas oficinas en Silao con 7 mdp al año Redacción El Gobierno de Guanajuato contrató un espacio de oficinas por el q...

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(MONITOREO) SOLICITA AI A CANADÁ ELIMINAR VISADOS

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19:00 - SOLICITA AI A CANADÁ ELIMINAR VISADOS
18:35 - GASTA BRASIL 0.8% DE PIB CONTRA CRISIS
18:27 - NO HAY REPROBADOS EN EXAMEN DOCENTE.-SEP
18:08 - ACUSA CARACAS A THE WASHINGTON POST DE MENTIR SOBRE CHÁVEZ
17:30 - PARTICIPARÁ MÉXICO EN EXPO COMIDA LATINA EN SAN DIEGO
17:22 - MISIÓN DE OEA ESPERA QUE UN SECTOR GOBIERNO ACEPTE RESTITUIR A ZELAYA
17:05 - DEPENDE DEL GOBIERNO, QUE MÉXICO LOGRE UNA `ECONOMÍA VERDE`: OCDE
16:49 - DIVULGAN REPORTE DE INTERROGATORIOS DE CIA A SOSPECHOSOS DE TERRORISMO
16:48 - PROMUEVE GOBIERNO FEDERAL ESTRATEGIA INTEGRAL EN EL CAMPO: ESCOBAR
16:26 - REPORTA LIGERA MEJORÍA ACTIVIDAD ECONÓMICA DE EUA EN JULIO
14:27 - DENUNCIA CNC CATÁSTROFE EN EL CAMPO
14:04 - CAE 23% INVERSIÓN EXTRANJERA EN MÉXICO
13:27 - PIDE GURRÍA ELIMINAR SUBSIDIO A GASOLINA
13:13 - DEPORTE EVITA QUE JÓVENES SEAN `CARNE DE CAÑÓN` DEL CRIMEN: CALDERÓN
13:06 - DESTACA CALDERÓN IMPORTANCIA DE APOYAR LA EDUCACIÓN SUPERIOR
11:25 - PUBLICA SEGOB DECRETO QUE ESTABLECE TOPES SALARIALES A FUNCIONARIOS
11:23 - MÉXICO HA SUPERADO LO PEOR: MERRIL LYNCH
11:11 - REAFIRMA CALDERÓN COMPROMISO DE SU GOBIERNO CON LA EDUCACIÓN
11:02 - SCT RECIBIRÁ 905 MP POR PRÓRROGAS PARA OPERADORES
10:53 - DF SUPERA REZAGOS TURÍSTICOS QUE DEJÓ LA INFLUENZA
10:17 - ASIGNA BANXICO EN SUBASTA 50 MDD
10:10 - CONDUSEF RECIBE 1,745 QUEJAS POR MALTRATO DE BANCOS
10:08 - A MÉXICO NO LE IRÁ TAN MAL COMO SE PENSABA: BID
09:49 - REPORTA BANXICO INFLACIÓN DE 0.11% EN PRIMERA QUINCENA DE AGOSTO
09:00 - HTTP://WWW.ELSEMANARIO.COM.MX/NEWS/NEWS_DISPLAY.PHP?STORY_ID=24437
08:15 - LEVANTAN HUELGA EN VW, SINDICATO ACEPTA AUMENTO DE 3%
08:07 - HACIENDA PLANTEA QUITAR APOYOS FISCALES
07:48 - TRUENA 75% DE MAESTROS EXAMEN PARA PLAZA
07:39 - PEMEX SE SALE DEL MAR Y SE CENTRA EN LA TIERRA
07:36 - FALLA PROGRAMA DE GASOLINA ECOLÓGICA
07:35 - REVELAN EN EUA PLANES DE NARCOATAQUES EN MÉXICO
07:29 - ES DF CAPITAL DE INFORMALES
07:27 - BORRAN LA CONQUISTA DE LOS LIBROS DE TEXTO
06:20 - COLUMNAS FINANCIERAS DEL 24 DE AGOSTO DE 2009



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Tercer trimestre, inicio de recuperación económica en México

La economía mexicana comenzó su recuperación a partir del tercer trimestre de 2009, estimó el banco de inversión Merrill Lynch en un reporte emitido hoy.

"México ha superado lo peor" después de experimentar su mayor contracción económica en el primer semestre del año, asentó la firma.

El factor principal de la recuperación es la renovada actividad de la industria automotriz debido a los paquetes de estímulo aplicados por los gobiernos de diversos países, además de una mejora general de las economías.

Con todo, el banco ajustó a la baja su cálculo de crecimiento para México en 2009. De acuerdo con la nueva estimación, la economía se contraerá 6.8 por ciento este año, en vez del 5.6 por ciento que había pronosticado hace tres meses.

Durante 2010, sin embargo, Merrill Lynch proyecta que la economía mexicana crecerá 3.0 por ciento.




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Extiende SCT servicios a Telefónica y Nextel

Retira SCT megahertz a Iusacell por uso ineficiente

Lino Javier Calderón

Luego de haber desaprovechado el uso de 25 megahertz y no haberla explotado comercialmente la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) otorgo una extensión de servicios a las empresas Telefónica y Nextel, y recuperó esos megahertz que estaban en posición de Iusacell, modificando los títulos de concesión de las empresas beneficiadas, dijo Juan Molinar Horcaditas titular de la dependencia.

"En el caso de Iusacell, se le otorgó una prórroga parcial en la región 9 y se le negó la correspondiente a 25 megahertz en las bandas de 100 y 400 megahertz debido al uso ineficiente que la empresa le dio a este bien en cuanto a penetración, cobertura e introducción de nueva tecnología", explicó el funcionario en conferencia de prensa.

Molinar Horcasitas, explicó que en el caso de Telefónica se le adicionó el servicio Push to talk, especializado en radiocomunicación de flotillas.

En tanto, Nextel obtuvo la autorización de servicios adicionales para telefonía celular, con lo cual dejará de usar mecanismos indirectos para dar esta oferta, y le permitirá reducir de manera considerable sus costos, además de garantizar el proceso de portabilidad numérica.

"Esto nos hace esperar que por efecto de una mayor concurrencia en el mercado los usuarios finales sean los beneficiados".

"El valor de la banda no es fácil de determinar, depende contra qué otra banda del espectro se compare podemos estimar que mínimamente puede tener un valor aproximado de unos 200 millones de pesos".

Expuso que el espectro radioeléctrico es un bien público administrado por el Estado, la decisión de no prorrogar parte de la concesión de Iusacell va en línea con el objetivo de utilizar al máximo su uso en beneficio de los usuarios de telecomunicaciones.

La dependencia también otorgó permiso a tres compañías para operar y explotar servicios de telefonía pública, además de 22 asignaciones de bandas de frecuencia de uso oficial.

La dependencia precisó que se exigirá el pago de una contraprestación total por 905 millones de pesos a las compañías que se les otorgó prórrogas en el servicio.

El titular de la SCT informó que a fines de agosto o principios de septiembre saldrá la licitación de las dos frecuencias pendientes para brindar el servicio de banda ancha y telefonía móvil.

Asímismo, adelantó que hacia fines de año quedarán listas las bases para el concurso de los dos hilos de fibra óptica de la Comisión Federal de Electricidad.

El funcionario previó que la asignación de estos dos hilos pueda realizarse durante el primer semestre de 2010.




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Huelga en ArcelorMittal deja pérdidas por 70 mdd

Tras 17 días de huelga, la siderúrgica ArcelorMittal reporta pérdidas económicas cercanas a los 70 millones de dólares.

A la fecha, la empresa acerera de capital hindú ha dejado de producir casi 250 mil toneladas de acero; pese a lo anterior, no hay visos de solución y a decir del delegado sindical, Mario García, las negociaciones entre la parte patronal y los obreros se encuentran rotas.

El 8 de agosto los obreros adheridos a la sección 271 del Sindicato Nacional Minero determinaron estallar la huelga tras rechazar un incremento salarial del 9 por ciento condicionado a la reducción de la plantilla laboral en un 20 por ciento.

Dos días después, el 10 de agosto, la acerera ratificó su propuesta que fue rechazada por segunda ocasión y desde entonces las pláticas entre ambas partes no se han vuelto a reanudar.

La huelga afecta a más de 10 mil trabajadores entre sindicalizados, de confianza, administrativos y contratistas.

Este hecho, a decir del alcalde de Lázaro Cárdenas, Adolfo Tovar, ha empezado a afectar la economía del puerto.

"Son 10 mil salarios los que no se perciben de manera normal y es dinero que deja de circular por lo que negocios y tiendas lo han empezado resentir", dijo.




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Reporta Banxico inflación de 0.11%

El Banco de Méxcio informó este lunes. Foto: Notimex

En los primeros 15 días de agosto, la inflación tuvo una variación de 0.11 por ciento, con lo que ubicó por debajo del 0.31 por ciento de igual periodo de 2008 y representa su menor nivel desde la primera quincena del mismo mes de 2005, informó el Banco de México (Banxico).

Con base en el Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), el banco central destacó que el menor ritmo de crecimiento en los precios obedece a una disminución tanto en el índice subyacente como en el no subyacente; el dato de inflación estuvo muy por debajo del 0.22 por ciento en promedio estimado por el consenso.

El Banxico detalló que el índice de precios subyacente -que elimina los precios volátiles- aumentó 0.11 por ciento en la primera quincena de agosto de 2009, una variación menor a la reportada en igual lapso del año pasado, cuando fue de 0.23 por ciento.

Detalló que la variación en el subíndice de las mercancías se ubicó en 0.21 por ciento, menor al 0.34 por ciento del mismo lapso de 2008, lo que se explica por menores tasas de crecimiento en los precios de los alimentos procesados y del resto de mercancías, respecto al mismo periodo del año anterior.

Por su parte, el subíndice de los servicios registró un alza de 0.01 por ciento, por debajo del 0.14 por ciento en igual quincena de 2008, destacando las menores alzas en las cotizaciones de los servicios de educación, así como en los genéricos servicios turísticos en paquete y transporte aéreo.

En tanto, el índice de precios no subyacente reportó también un aumento de 0.11 por ciento en los primeros 15 días del octavo mes de este año, menor al 0.52 por ciento del mismo periodo de 2008.

La institución detalló que los precios del subíndice de los bienes y servicios administrados y concertados tuvieron una tasa de crecimiento de 0.45 por ciento, mientras que en la primera quincena de agosto de 2008 fue 0.70 por ciento.

A pesar de la desaceleración en la tasa de variación de las cotizaciones de este subíndice, destacan incrementos de precios en electricidad (por las tarifas domésticas de alto consumo), autobús urbano, colectivo y autobús foráneo.

Respecto a los precios del subíndice de productos agropecuarios estos reportaron una baja de 0.51 por ciento, comparado con un incremento de 0.15 por ciento en la quincena referida del mes de 2008, debido a bajas, principalmente, en los precios del jitomate, aguacate, pollo en piezas y huevo.

El banco central detalló que en los primeros 15 días de agosto, los productos que observaron los mayores incrementos en sus precios fueron la electricidad, autobús urbano, colectivo, universidad, cebolla, autobús foráneo, azúcar y mango.

En contraste, las mayores caídas en los precios se observaron en servicios turísticos en paquete, jitomate, servicio telefónico local, aguacate, pollo en piezas, transporte aéreo, productos para el cabello y huevo.

Respecto al índice de precios de la canasta básica de consumo, éste tuvo una variación de 0.32 por ciento en la quincena que se reporta, mientras que para igual periodo de 2008 el dato correspondiente fue 0.70 por ciento.





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Nota enviada por Diario Digital


Exhibe Acteal vicios de justicia mexicana, dice jurista
EFE
Distrito Federal— El juicio por la matanza de Acteal se ha convertido en ejemplo de todos los vicios de la justicia mexicana, según el equipo de abogados que consiguió excarcelar a veinte indígenas que purgaron once años en prisión injustamente.

"Hubo tortura, fabricación de culpables y un gran número de personas inocentes que pasaron once años en la cárcel", dijo hoy el letrado Javier Cruz Angulo sobre "el caso penal más largo de México".

El jurista, del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), tomó el caso en 2007, junto a sus colegas de la institución, que desembocó este mes en una resolución de la Suprema Corte que tacha el proceso judicial como plagado de irregularidades.

Los hechos se remontan al 22 de diciembre de 1997, cuando 45 niños, mujeres y ancianos indígenas fueron masacrados brutalmente en una iglesia por un grupo de paramilitares, también indígenas, en la comunidad de Acteal (Chiapas, sur).

Según Cruz Angulo, las decenas de detenidos lo fueron sin orden de aprehensión; no se hallaron las armas del crimen y la prueba pericial que determina si un sujeto ha disparado fue negativa en cuarenta casos.

"Había gente que no sabía por qué estaba apresada, solo hablaban tzotzil y tzental", explicó Cruz Angulo sobre la falta de traducción al español en el juicio. "Cuando el Ministerio Público no acusaba bien, el juez le ayudaba", criticó.

Los abogados del CIDE esperan ahora la resolución pendiente sobre otras 32 personas que se declararon inocentes. Entre los excarcelados no hay ningún asesino confeso ya que los nueve detenidos que admitieron su participación en los hechos continúan en prisión.

La sentencia dictó también que seis de los indígenas presos deben ser juzgados de nuevo sin las pruebas consideradas ilícitas. Desde hacía nueve años, decenas de detenidos esperaban el dictamen en primera instancia de un juez, que no llegaba.

El juicio no fue otra cosa que "la construcción de una historia para acallar conciencias", según el también jurista del CIDE José Antonio Caballero.

"No se trata simplemente de fabricar pruebas, volver la vista hacia el otro lado y dejar que el paso del tiempo haga olvidar los acontecimientos", criticó y agregó que el sistema judicial mexicano "se está comiendo a la gente sin recursos".

Ahora esperan que la fiscalía federal, que fabricó las pruebas que llevaron a prisión a los veinte inocentes, realice una investigación "pulcra" para deslindar responsabilidades, "hasta el nivel de autoridad que haya consentido estas irregularidades", según Caballero.

El jurista apuntó que es posible que en un futuro se reclamen indemnizaciones para los excarcelados, que tienen una oferta de ayuda del gobierno chiapaneco para empezar otra vida lejos de sus comunidades.

La razón, prevenir un rebrote de violencia en la zona por la liberación.

La tensión tenderá a desaparecer, auguró Caballero.

El trasfondo situaba a los fallecidos como simpatizantes de la guerrilla zapatista y a los paramilitares como cercanos al Partido Revolucionario Institucional (PRI), gobernante en Chiapas y en México.

Los liberados no tienen prohibición de volver a sus lugares de origen, pero entonces no recibirían la ayuda gubernamental.

En la revisión de este caso procesal participaron alumnos de Derecho del CIDE. "Con este caso te das cuenta de lo que realmente es el sistema penal y lo que no te enseñan en las aulas", apuntó a Efe Javier Zúñiga, uno de los estudiantes colaboradores.

"¿Qué pasara día a día en los juzgados penales de cualquier reclusorio?", se preguntó el joven.

TEXTO DEL COMPROMISO CON LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN. MÉXICO 2009



 
 

 



COMPROMISO CON LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

MÉXICO 2009


México, D. F., a 24 de agosto de 2009

 

El pasado 17 de agosto, diversas personalidades del mundo intelectual, empresarial, académico, de los derechos humanos y político se dieron cita para atestiguar unos y signar otros, el Compromiso con la Libertad de Expresión. México 2009, compuesto por 19 principios, bajo los cuales ha de mantenerse la garantía, respeto y transparencia en el ejercicio de la libertad de expresión.

Entre los signatarios del documento estuvieron, además del presidente de la Fundalex, Armando Prida Huerta, el Ing. Carlos Slim Helú, presidente del Grupo Carso; el Dr. Carlos Mesa Gisbert, historiador, periodista y ex presidente de Bolivia; el Dr. Jorge Carpizo Mac Gregor, ex Rector de la UNAM y ex ombudsman, entre otros cargos, así como la escritora y periodista, Elena Poniatowska Amor.

También compartieron el presídium la Mtra. Eréndira Cruzvillegas, el Dip. Gerardo Priego Tapia, la Lic. Clara Luz Álvarez, el Dr. Benjamín Fernández Bogado, el Lic. Julio Rodríguez Villafañe, el Lic. René Avilés Fabila , el Senador Rafael Moreno Valle, el Lic. José Zepeda, el Sr. Julio E. Muñoz, el Mtro. Mauricio Farah Gebara, el Lic. Rolando Araya, la Dra. Perla Gómez Gallardo, el Lic. Luís Raúl González Pérez, la Ing. Xóchitl Gálvez, el Lic. Patrick Butler y el Lic. Miguel Badillo Cruz.

El documento completo del Compromiso con la Libertad de Expresión es el siguiente:
 

COMPROMISO CON LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

MÉXICO 2009

PREÁMBULO

> REAFIRMANDO: la trascendencia de la libertad de expresión como derecho humano fundamental, que rebasa incluso el ámbito personal para constituir sociedades más libres, plurales, democráticas y respetuosas,

> RECONOCIENDO que la libertad de expresión es esencial para la participación pública y el funcionamiento de la democracia,

> CONVENCIDOS de que no es posible el goce efectivo de la libertad de expresión cuando hay miedo, oscuridad y silencio, y de que este derecho fundamental de las personas permite el desarrollo de sus capacidades e inteligencia de manera que haga posible en lo individual el pleno desarrollo de la personalidad y en lo colectivo alcanzar una paz permanente,

> COMPROMETIENDO a los distintos actores sociales para hacer de ella el fundamento del respeto y la tolerancia,

> REITERANDO que los ciudadanos son corresponsables del ejercicio de esta libertad y que ellos deben exigir a los gobiernos que cumplan su obligación de protegerla como ingrediente sustancial de las demás libertades,

> PROMOVIENDO la difusión y el acceso a las fuentes de información pública que incentiven un nivel de participación más documentado, responsable y profundo, que mejore la calidad de nuestras democracias y de la gestión de los gobiernos,

> CONCIENTES de que toda forma que reprima la libre expresión se convierte en un poderoso estímulo para dilucidar por la fuerza o la violencia los conflictos sociales,

> RECORDANDO que el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los artículos 13 y 14 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos y los convenios que sobre la materia hayan sido refrendados, establecen con claridad la importancia de la libertad de expresión en el desarrollo de las naciones y su garantía; nada de lo establecido en este Compromiso puede interpretarse como límite o menoscabo del alcance que dichas declaraciones y convenciones otorgan a la libertad de expresión,

> CONSIDERANDO la trascendencia de la labor de los medios de comunicación y de los periodistas para promover el libre flujo de información e ideas que permitan a las personas tomar decisiones, argumentar con propiedad y fortalecer sus democracias,

> PUGNANDO porque el desarrollo de la Sociedad de la Información y del Conocimiento, el acceso a Internet, el desarrollo de las nuevas tecnologías y la convergencia sirvan para un ejercicio pleno de los derechos fundamentales, incluyendo la libertad de expresión y el derecho a la información,

> PIDIENDO que las obligaciones de los organismos internacionales y de los Estados en materia de libertad de expresión y derecho a la información incluyen a los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como a los órganos constitucionales autónomos de los diferentes niveles de gobierno a partir de la división política de cada país,

> ACEPTANDO la necesidad de asegurar la libertad de expresión en América Latina, los abajo firmantes y todos quienes han colaborado para la redacción de este COMPROMISO CON LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, MÉXICO 2009, manifestamos nuestro entendimiento y deber con los siguientes.

PRINCIPIOS:

I. LA GARANTÍA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
1. La libertad de expresión comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección, así como por cualquier medio incluyendo las nuevas tecnologías. La libertad de expresión es un derecho humano fundamental y un componente indispensable de la convivencia pacífica y democrática.
2. Todos los habitantes tienen la misma oportunidad de ejercer el derecho a la libertad de expresión, así como la de buscar, obtener y recibir información sin restricciones.
3. Las sociedades y sus Estados están obligados a adoptar las medidas necesarias para que las personas con discapacidad puedan ejercer su libertad de expresión y su derecho a la información en igualdad de condiciones con los demás. Para ello se deberá facilitar la información en formato accesible y sin costo adicional, considerando las necesidades de los diferentes grupos y tipos de capacidad diferenciada.
4. Es deber de la sociedad y de sus Estados promover iniciativas legislativas, ejecutivas y judiciales que eliminen todas aquellas medidas o prácticas que favorezcan un uso discrecional y/o arbitrario de la publicidad oficial.
5. Se reconoce y alienta un rol activo de la sociedad civil en la promoción, defensa, reclamo y ampliación de la libertad de expresión como un valor que permite cohesionar a los habitantes en torno a valores democráticos sólidos y demandables. Para tal efecto, la sociedad en su conjunto promoverá dicha libertad en su más amplio sentido y valor, y vigilará el cumplimiento de los gobiernos con tal garantía.

II. SALVAGUARDAS A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
1. Nadie deberá ser sujeto a limitación o interferencia con respecto a su libertad de expresión.
2. No podrá aplicarse a la libertad de expresión ninguna restricción fuera de la ley y, si dentro de ésta existiera alguna, deberá estar basada en un supuesto legítimo, con la justificación de una sociedad democrática y que sea una medida necesaria e imprescindible para la subsistencia del Estado o de sus habitantes. Los procedimientos deberán ser transparentes, objetivos y con mecanismos amplios de participación y debate.

III. PLURALISMO Y DIVERSIDAD
La libertad de expresión requiere la obligación de las autoridades y el compromiso de la sociedad en:
1. Promover la pluralidad de ideas y opiniones para incrementar la comprensión y la pluralidad de voces en el debate público.
2. Facilitar el acceso a los medios de comunicación, incluyendo aquellos de nuevas tecnologías, fomentando especialmente la participación de grupos minoritarios, vulnerables o marginados, como población indígena, personas con discapacidad, mujeres, jóvenes y niños, así como a grupos lingüísticos o culturales minoritarios.

IV. DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
1. Las instituciones públicas son depositarias de información y deben permitir el conocimiento público, a través de normativas legales que permitan y faciliten el acceso de la ciudadanía a ese tipo de información clave para el ejercicio de una libertad de expresión responsable.
2. El derecho a la información debe estar garantizado por ley de acuerdo con los siguientes principios:
Cualquier persona tiene derecho a acceder a la información de los organismos públicos, sin necesidad de acreditar interés alguno.
Todas las personas tienen derecho a la información proveniente de las empresas u organismos descentralizados, institutos o partidos políticos, instituciones educativas, e inclusive de las empresas privadas o sindicatos, cuando operen con recursos o bienes públicos suministrados por el Estado.
Cualquiera tiene derecho a acceder a la información de las empresas privadas que sea necesaria para ejercer la protección de un derecho humano fundamental, mediando orden judicial de autoridad competente.
Ante la negativa injustificada, información deficiente o insuficiente, manipulada o falsa, deberá existir el derecho a recurrir a un organismo independiente y/o tribunal administrativo.
Los organismos públicos deberán, de oficio, publicar periódica y sistemáticamente información importante o relevante para la sociedad en general y temáticamente para públicos específicos.
3. Todos los habitantes tienen derecho al acceso y actualización de la información, así como a corregir su información personal, en caso de falsedad —o tratándose de datos sensibles—, a su supresión cuando no sea importante para la materia, ya sea guardada ésta por organismos públicos o privados, y los gobiernos dictarán las medidas necesarias para este fin.

V. EDUCACIÓN. LAS SOCIEDADES Y SUS ESTADOS:
1. Deberán obligar a las instituciones escolares a que la libertad de expresión se ejercite en todos los niveles de la vida académica para la formación de ciudadanos; a que sea ésta la forma de participar en la adquisición de conocimiento y de formación para la convivencia social.
2. Deberán asegurar que su población reciba instrucción educativa, desde los ciclos escolares iniciales y en todos los niveles posteriores, que le permita una comprensión de lectura y escritura suficiente para lograr una cultura del ejercicio pleno de la libertad de expresión.
3. Deberán también alentar la actualización de los programas universitarios dedicados a la comunicación en las materias de Libertad de Expresión, Transparencia, Derecho a la Información, Nuevas Tecnologías y Derechos Ciudadanos, para mejorar la profesionalización.
4. Y estimular el desarrollo de estudios, investigaciones y publicaciones sobre libertad de expresión, dirigidas tanto a los sectores de la comunicación, académico y estudiantil como a la sociedad en general.

VI. MEDIOS PRIVADOS
1. La sociedad y sus Estados deberán promover la más amplia participación posible en el debate nacional y en la transmisión de mensajes a través de los medios de comunicación.
2. La utilización de frecuencias del espectro radioeléctrico deberá ser plenamente democrática y transparente, sin que el Estado las restrinja o limite en provecho de monopolios u oligopolios, públicos y/o privados.
3. El sistema regulador de trasmisiones deberá fomentar los medios privados, ciudadanos y comunitarios de acuerdo a los siguientes principios:
Una institución reguladora independiente y autónoma será responsable del otorgamiento de licencias o concesiones para la transmisión de señales radioeléctricas, así como para la supervisión de la no restricción en la adjudicación de las mismas.
El proceso para obtener una licencia deberá ser justo, transparente, objetivo e imparcial, debiendo promover, en todo momento, la diversidad y pluralidad de las transmisoras.
Las trasmisiones de la comunidad serán fomentadas para ampliar el acceso en comunidades pobres o rurales, por medio de las frecuencias del espectro radioeléctrico.

VII. MEDIOS PÚBLICOS
Las estaciones trasmisoras administradas con recursos públicos deberán transformarse en emisoras de servicio público, auditables y sujetas a rendición de cuentas, de acuerdo con los siguientes principios:
1. Las trasmisoras públicas deben estar protegidas por una legislación que les garantice estar libres de interferencia ya sea particular, política o económica, con la finalidad de lograr sus objetivos.
2. La independencia editorial de las trasmisoras de servicio público debe estar garantizada.
3. Los habitantes de todo el territorio de un país tienen derecho al acceso y participación en las transmisiones y contenidos de medios de servicio público.
4. El ámbito de las trasmisoras públicas debe estar claramente definido e incluir la obligación de que el público reciba información completa, imparcial y políticamente plural, sobre todo en tiempos de elecciones.

VIII. MEDIOS DE COMUNICACIÓN
1. Ningún sistema de registro para los medios de comunicación debe imponer restricciones sobre el derecho a la libertad de expresión.
2. Los medios deben:
Fomentar la autorregulación, la promoción de códigos de ética y defensores de las audiencias de los medios de comunicación.
Realizar esfuerzos para aumentar los tirajes de circulación de medios impresos, particularmente en comunidades desatendidas culturalmente.
Incentivar el respeto a la cláusula de conciencia, al derecho de réplica y al secreto profesional.
3. La falta de transparencia en los medios de comunicación provoca desconfianza en la sociedad y reduce la calidad del debate, por lo que los medios de comunicación deben comprometerse a:
Certificar sus respectivos niveles de audiencia y, en su caso, el número de ejemplares que imprimen, distribuyen, venden u obsequian con absoluta veracidad y ética.
Informar los montos de publicidad y anuncios que facturan al Estado, lo cual contribuirá a evitar privilegios injustificados o falta de equidad en la distribución de la publicidad gubernamental.
Ser transparentes en su gestión interna, cuando ésta incida en la formación de opinión pública, el derecho a la información y la libertad de expresión.
4. La empresa informativa y sus comunicadores deben ser alentados para alcanzar acuerdos que garanticen las ediciones independientes.
5. Ningún anunciante en medios de comunicación podrá retirar publicidad por motivos informativos ni buscar que se oculte información con presiones económicas.
6. Los medios de comunicaciones y las entidades privadas que provean información, incluso por Internet deberán asegurarse de utilizar formatos y servicios accesibles para todas las personas, en especial para aquellas con discapacidad.

IX. NUEVAS TECNOLOGÍAS
El acceso a las nuevas tecnologías, especialmente el Internet, como instrumento para el ejercicio pleno de los derechos fundamentales, como la libertad de expresión y el derecho a la información, debe comprender:
1. Acceso a equipos y redes, para el uso de las nuevas tecnologías.
2. La educación en el uso de las nuevas tecnologías.
3. La promoción del desarrollo de habilidades informativas para la mayor cantidad posible de usuarios.
4. La promoción de la creación de contenidos pertinentes a la población en general.

X. ÓRGANOS REGULADORES PARA LAS TRANSMISIONES Y PARA LAS TELECOMUNICACIONES
Cualquier autoridad que ejerza atribuciones sobre el área de las trasmisiones y las telecomunicaciones debe:
1. Ser independiente, autónoma y estar protegida adecuadamente contra interferencias de cualquier naturaleza: particular, política o económica.
2. Ser formalmente responsable ante la sociedad, dotándola de mecanismos idóneos para ello.
3. Ser transparente y abierta al público en las juntas de procesos deliberativos, buscando involucrar la participación ciudadana.
4. Garantizar que la junta de gobierno o el órgano colegiado de decisión de la autoridad esté integrada por personas libres de conflictos de intereses respecto a los agentes regulados y a los partidos políticos, así como desvinculados del gobierno, con la finalidad de garantizar la imparcialidad en las decisiones.

XI. QUEJAS
1. Es necesario un sistema para atender quejas sobre la gestión de los medios de comunicación, públicos y privados; éste deberá estar disponible y ser ampliamente accesible, y deberá ser acompañado por la garantía del derecho a la réplica. Para ello, deberán existir reglas preestablecidas y códigos de conducta que indiquen el procedimiento sencillo a seguir para presentar una queja, los plazos del proceso, las recomendaciones y remedios.
2. Cualquier órgano establecido para atender las quejas sobre contenidos difundidos por los medios deberá estar protegido de interferencias políticas, económicas o de cualquier otro carácter. Los poderes de dicho órgano serán de naturaleza administrativa y conciliadora y no deberán usurpar el poder de los tribunales.

XII. PROMOCIÓN DEL PROFESIONALISMO
1. La misión de informar necesariamente importa una responsabilidad profesional. El comunicador deberá asumir la responsabilidad de su labor profesional y considerar que la calumnia, la difamación, la injuria, la alteración de pruebas, la deformación de los hechos, las acusaciones sin fundamento y la mentira son faltas profesionales graves, con consecuencias jurídicas.
2. Los profesionales de los medios serán libres para organizarse en asociaciones o uniones, nacionales e internacionales.
3. Las empresas periodísticas deben comprometerse a proveer capacitación continua al personal.
4. Sociedad y gobierno deberán promover, desde el ámbito profesional y la academia, la reflexión sobre ética periodística y responsabilidad social de los medios y su trascendencia, con el fin de fomentar la creación de mecanismos autorregulatorios que permitan elevar la calidad informativa que redunde en una mayor y mejor libertad de expresión.

XIII. MEDIDAS CONTRA LOS QUE EMITEN SU OPINIÓN A TRAVÉS DE LOS MEDIOS
1. Es condenable con severidad cualquier ataque a la libertad de expresión de quienes la ejercen en los medios, y a los medios mismos, como: las amenazas, las lesiones, el secuestro o el asesinato, así como la destrucción material de instalaciones, el diezmar al periodismo independiente, a la libertad de expresión y al libre flujo de información para el público.
2. La sociedad y sus Estados se encuentran bajo la obligación de adoptar medidas efectivas, para evitar cualquier tipo de ataques y, si ocurriesen, investigarlos, castigar a los perpetradores y asegurarse de que las víctimas tengan acceso a remedios efectivos y reparación del daño.
3. Los Estados y la sociedad civil constituirán redes de apoyo, promoción, difusión y acompañamiento jurídico para atender actos contra la libertad de expresión; redes en las que confluyan periodistas, universidades, medios de comunicación, despachos de abogados, organizaciones no gubernamentales, entidades gremiales y la sociedad toda.

XIV. DERECHO A LA VIDA PRIVADA, AL HONOR Y A LA PROPIA IMAGEN
1. Nadie tiene derecho a difamar o atentar en contra de la vida privada, el honor, la intimidad o el derecho a la propia imagen de las personas.
2. Las personas públicas deberán comprender que por el simple ejercicio del encargo que ocupen y ostenten, están más expuestas a críticas y controversias sustentadas.
3. Los Estados deben asegurarse de que sus leyes en contra de la difamación o ataques a la vida privada, el honor, la intimidad o el derecho a la propia imagen nunca impongan sanciones tan severas como para inhibir el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información. Se considera una sanción severa el encarcelamiento, así como las sanciones pecuniarias excesivas.

XV. SITUACIONES DE EMERGENCIA
En situaciones de emergencia o desastres naturales, se debe respetar el derecho a la información de las personas y el ejercicio de la libertad de expresión con responsabilidad conforme a elevados estándares éticos, sin propiciar alarmas innecesarias ni situaciones de pánico.

XVI. OTRAS MEDIDAS
1. Las sociedades y sus Estados deben revisar y adecuar su marco jurídico de tal manera que no existan disposiciones que limiten o socaven el interés público en el ámbito de la libertad de expresión.
2. Los conceptos de "seguridad nacional, interés público reservado al Estado y el orden público" no deberán ser factores que inhiban la libertad de expresión y el derecho a la información, a menos que exista un interés legítimo para una restricción temporal.

XVII. MEDIDAS ECONÓMICAS
1. Las sociedades y sus Estados deben promover un ambiente económico general y una política fiscal en las que se permita fomentar los medios de comunicación.
2. La sociedad debe exigir a los Estados promover legislaciones que transparenten y regulen la equidad publicitaria; se debe evitar que los funcionarios utilicen la distribución de anuncios públicos para interferir en los contenidos de los medios.
3. Las sociedades deben exigir a sus Estados adoptar medidas efectivas para evitar la concentración monopólica u oligopólica de los medios de comunicación en un solo dueño o en pocos grupos; sin limitar el desarrollo del sector de las comunicaciones y sus tecnologías.

XVIII. PROTECCIÓN DE LAS FUENTES Y DE LOS MATERIALES PERIODÍSTICOS
1. La sociedad debe exigir a los gobiernos legislar para que haya normas que aseguren el secreto de las fuentes de información de quienes ejercen la libertad de información profesionalmente.
2. La regulación del secreto profesional debe incluir tanto las fuentes como aquellos materiales e instrumentos de trabajo a través de cuyo conocimiento se pudiera llegar a saber el origen de la información que sea de interés público.
3. La normatividad del secreto profesional debe ser absoluta cuando se trate de órganos administrativos, admitiendo excepciones por mandato judicial debidamente fundado y motivado; sólo cuando razonablemente no haya forma de conocer la fuente informativa y ello implique un riesgo real e inminente que ponga en peligro la seguridad democrática.

XIX.IMPLEMENTACIÓN
Los firmantes del presente Compromiso con la Libertad de Expresión realizaremos todos los esfuerzos, acciones y actividades de promoción, información, denuncia, de academia, de investigación, difusión y legislativas, tendientes a cumplir con los principios aquí establecidos.

México, D.F., 17 de agosto de 2009.


 

 

 



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